domingo, 5 de junio de 2011

Contrato mercantil. Respuestas a preguntas frecuentes.

Publicado por Rohim en 8:22
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Ya definimos básicamente lo que es un contrato mercantil, para qué tipo de trabajos suele venir bien y algunos factores a tener en cuenta. Puedes verlo en en el siguiente enlace: Contrato Mercantil. Definición y peligros de este tipo de contrato.

Ahora bien, teniendo en cuneta que siguen surgiendo dudas y el aumento de preguntas con respecto a este tipo de contratación, explicamos algunos puntos, los cuales espero que resuelvan las dudas que quedaron pendientes.

Principio legal básico.



Toda actividad laboral remunerada debe ejercerse dado de alta en algún régimen, bien sea en el régimen general de la seguridad social o en el régimen general de trabajadores autónomos. Aunque la ley nos deja un vacío en el cual no es necesario darse de alta si no se supera el salario mínimo interprofesional, por lo que en un momento dado, puedes tener un contrato mercantil con una empresa y no darte de alta como autónomo en un principio, siempre y cuando los ingresos no sobrepasen cantidades llamativas para hacienda.

¿Puedo cobrar el paro y trabajar paralelamente con un contrato mercantil?

Poder puedes, aunque realmente no debes. Me explico. Está claro que cuando comienzas con una empresa sin un sueldo fijo y tus ingresos dependerán de las ventas, cabe la incertidumbre de no saber si vas a ganar mucho o poco o si vas a ganar algo. Es lógico pensar que se necesita tener un colchón económico (en este caso, la prestación por desempleo) por si las cosas no salieran como esperamos.

En caso de que algún inspector del trabajo te cogiera cobrando el paro y trabajando, podrías tener un problema aunque tengas un contrato mercantil. Normalmente, si mantienes esta situación durante 2 o 3 meses únicamente, no tiene por qué pasar nada, siempre y cuando la idea final sea trabajar legalmente y abandonar el cobro de la prestación por desempleo.

Una forma de evitar problemas es llegar a un acuerdo con la empresa para que los pagos no se realicen por transferencia bancaria ni cheques. El dinero se debe cobrar en mano. De esta forma, no se llamaría la atención ante el fisco.

¿Si la empresa declara los pagos que me hacen, podría tener problemas?

Sí, podrías tener problemas al término del primer trimestre, que es cuando la empresa declara sus gastos e ingresos. Es por eso que decimos no habría que mantener una situación "ilegal" del contrato mercantil durante más de 3 meses.

¿Si me hacen un contrato mercantil y solo voy a ganar 500€, me compensa darme de alta legalmente?

Ni te compensa darte de alta ni tienes la obligación de darte de alta ya que no se supera en salario mínimo interprofesional. Eso sí, si además del sueldo fijo cobras comisiones, llegará un momento en el que tengas la obligación de darte de alta como autónomo.

¿Cuanto es el mínimo a pagar como autónomo?

En el régimen general de trabajadores autónomos, la cantidad que quieres pagar la pones tú según la base de cotización que quieras tener. Si no recuerdo mal, el mínimo  ronda los 180€.

Ventajas de pagar el seguro de autónomos.

Evidentemente, las ventajas son claras. Estás cubierto como empresa, hoy día tienes derecho al cobro de prestación por cese de la actividad laboral y además, cotizas a la seguridad social para un futuro. Eso sí, está claro que si ganas únicamente 500€, no te compensa pagar el seguro de autónomos.

¿Qué conviene más, autónomo o crear una sociedad?

Personalmente soy partidario de crear una sociedad, ya que como autónomo tú eres la empresa, por lo que respondes con una responsabilidad civil ilimitada, poniendo en peligro tu patrimonio presente y futuro. en cambio, al darte de alta como sociedad, tienes una responsabilidad civil limitada en base al capital aportado, que por regla general son 3,012€. Puedes leer: Qué tipo de forma jurídica elegir para mi negocio

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